RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 1986




Promulgación: 10/11/1987
Publicación: 18/11/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 658
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 4

    Los créditos establecidos en la presente ley para sueldos, gastos e
inversiones, subsidios y subvenciones, son a valores del 1º de enero de
1987. Dichos  créditos se  ajustarán en la forma dispuesta por los
artículos  6º, 68,  69, 70  y 82  de la ley 15.809, de 8 de abril de
1986.
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