CAPITULO V - ORGANISMOS DEL ARTICULO 220 DE LA CONSTITUCION DE LA REPUBLICA INCISO 25 - ADMINISTRACION NACIONAL DE EDUCACION PUBLICA (ANEP)
Artículo 364
Asígnase a la Administración Nacional de Educación Pública, una
partida especial por única vez, de N$ 769:000.000 (nuevos pesos
setecientos sesenta y nueve millones) en el Rubro 0 "Retribuciones de
Servicios Personales", para el pago de la retroactividad correspondiente
al incremento salarial del 5% (cinco por ciento), desde el 1º de enero
de 1987.