CAPITULO IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 12 - MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
Artículo 271
La Administración de los Servicios de Salud del Estado (ASSE), deberá
elaborar el proyecto de su reglamento orgánico, que elevará al Ministerio
de Salud Pública para su aprobación, dentro de los ciento ochenta días de
su constitución. (*)