LEY ORGANICA DE LA JUDICATURA Y DE ORGANIZACION DE LOS TRIBUNALES (LOT)




Promulgación: 24/06/1985
Publicación: 08/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1985
  •    Página: 1420
Ver: Ley Nº 19.889 de 09/07/2020 artículo 109,
      Ley Nº 19.788 de 30/08/2019 artículo 13,
      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 652.
Referencias a toda la norma

TITULO II - DE LA JURISDICCION Y COMPETENCIA
CAPITULO V - DE LA ORGANIZACION Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES SEGUN LA MATERIA, CUANTIA Y GRADO DEL ASUNTO
SECCION III - DE LOS TRIBUNALES DE APELACIONES

Artículo 60

  La Presidencia de cada tribunal se ejercerá por turno anual rotativo
entre sus miembros, según el orden de antigüedad en el cargo.
 El turno comenzará con la apertura de los tribunales.
 En lo demás, se estará a lo dispuesto por el artículo 53, en cuanto
corresponda.
Referencias al artículo
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