SUELDOS, GASTOS E INVERSIONES CAPITULO III - RETRIBUCIONES ESPECIALES INCISO 3 - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Artículo 81
Declárase de utilidad pública la expropiación de los padrones Nos.
405.691, 405.690, 405.692, 405.689, 138.385, 138.388, 138.386, 138.387,
138.389, 138.390, 138.391, 138.392, 138.393, 191.578 y 405.688 ubicados
en la 10ª Sección del departamento de Montevideo, que se destinarán para
campo de deportes de la Escuela Naval. (*)
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Ley Nº 15.578 de 22/06/1984 artículo 1.