CAPITULO III - MINISTERIO DEL INTERIOR SECCION III
Artículo 71
Declárese que a los 73 cargos de Sargentos 1.os creados en el Programa
4.04 "Mantenimiento del orden interno: Montevideo", por el artículo 539
de la ley N° 13.640, de 26 de diciembre de 1967, tendrán derecho preferente a acceder los actuales funcionarios, designados por el Poder Ejecutivo, Ayudantes de Investigaciones, antes de la vigencia de la ley
N° 12.801, de 30 de noviembre de 1960.