PLAN NACIONAL DE VIVIENDAS




Promulgación: 17/12/1968
Publicación: 27/12/1968
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1968
  •    Página: 2949
Referencias a toda la norma

CAPITULO IV - DEL CREDITO
SECCION 4 - PRESTAMOS PARA LOCALES NUEVOS NO DESTINADOS A VIVIENDA

Artículo 56

   No podrá destinarse a préstamos para locales nuevos no destinados a vivienda más del 5% (cinco por ciento) del producido de la emisión de 
Obligaciones Reajustables.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 89.
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