Declárase autónomo al Concejo Local de la ciudad de La Paz, en el
Departamento de Canelones. Los límites de su jurisdicción serán los que corresponden a la actual 5ª Sección Judicial del nombrado Departamento.
El Concejo Local Autónomo de La Paz tendrá, dentro de sus límites, las
mismas atribuciones que la ley Nº 9.515, de 28 de octubre de 1935,
dispone en sus artículos 35 y 36.
En todos los casos, las prerrogativas a que se refiere este artículo
serán ejercidas sin perjuicio de la vigencia y fiscalización que corresponda al Gobierno Departamental.