APROBACION DE NORMAS DE ORDENAMIENTO FINANCIERO. INFRACCIONES Y PROCEDIMIENTOS ADUANEROS. INGRESO A LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 28/12/1964
Publicación: 13/01/1965
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1964
  •    Página: 1514

Referencias a toda la norma

CAPITULO III - MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Artículo 20

   Destínanse íntegramente al Laboratorio de Análisis y Ensayos del
Ministerio de Industrias y Trabajo, los proventos que recaude por la 
prestación de sus servicios. Los mismos podrán ser aplicados a la adquisición de equipos y demás erogaciones requeridas por su funcionamiento, autorizándose hasta un 40% (cuarenta por ciento) para la
contratación de personal exclusivamente técnico.
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