El 50% (cincuenta por ciento) de los créditos presupuestales de la
Armada incluídos los grupos de rubros de la clase B -adquisición de
especies- y clase D -gastos imprevistos-, podrá ser utilizado y transferido al exterior para cubrir las adquisiciones por reparaciones
en el extranjero. Cuando estas adquisiciones o reparaciones se efectúen
o ejecuten en el exterior, en países miembros del Tratado Inter-Americano
de Asistencia Recíproca y por intermedio de sus Marinas de Guerra y Organismos Estatales estarán excluídas del procedimiento de contratación
por licitación pública.