Ley N° 12815
REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES BANCARIAS
Promulgación: 20/12/1960
Publicación: 11/01/1961
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 2
- Semestre: 2
- Año: 1960
- Página: 1648
Artículo 29
Esta ley entrará en vigencia el día primero del mes siguiente a su
publicación en el "Diario Oficial".
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