PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Las normas de tránsito vigentes en el territorio de cada departamento o en rutas nacionales, podrán contener disposiciones complementarias o no previstas en la presente ley, siempre que no sean contradictorias con esta, de conformidad con nuestro ordenamiento jurídico en base a las normas constitucionales existentes.Ayuda