PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Sustitúyese el artículo 14 de la Ley N° 19.061, de 6 de enero de 2013, por el siguiente: "ARTÍCULO 14.- Se prohíbe el transporte de personas en la caja de cualquier tipo de vehículo que no haya sido diseñado para tal fin".Ayuda