PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PÚBLICAS
Sustitúyese el artículo 33 de la Ley N° 18.191, de 14 de noviembre de 2007, por el siguiente: "ARTÍCULO 33.- Es obligatorio el uso de casco protector certificado, debidamente abrochado, para los usuarios de motocicletas que circulen dentro del ámbito de aplicación de la presente ley".Ayuda