Fecha de Publicación: 26/10/2016
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PODER EJECUTIVO
CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 40

   Autorízase al Inciso 04 "Ministerio del Interior" a constituir un fideicomiso de administración con los importes percibidos para el Fondo de Vivienda, según lo dispuesto en el literal A) del artículo 161 de la Ley N° 19.355, de 19 de diciembre de 2015, con el objetivo de facilitar el acceso a la vivienda digna y decorosa del personal involucrado.
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