Autorízase a la Administración Nacional de Educación Pública a contraer un préstamo con el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), por un monto de hasta el equivalente a US$ 2.500.000 (dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), con destino a la compra de un inmueble.
Las obligaciones emergentes del préstamo serán cubiertas de acuerdo a lo previsto en el artículo precedente.
El BROU dará cuenta de las condiciones financieras de la operación al Ministerio de Economía y Finanzas.