Fecha de Publicación: 15/11/2011
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PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTE

Artículo 5

 (Fideicomisos para la ejecución y operación de los proyectos).- La
Comisión de Proyectos Deportivos podrá requerir a la entidad o institución
deportiva solicitante, en función de la naturaleza y cuantía del proyecto,
la constitución de un fideicomiso para su ejecución y operación.
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