Fecha de Publicación: 19/09/2002
Página: 756-A
Carilla: 10

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 95

 Modifícase el artículo 29 del Decreto-Ley Nº 15.688, de 30 de noviembre 
de 1984, el que quedará redactado de la siguiente manera:

 "El Comando General del Ejército podrá integrar un Comando de Apoyo 
 Logístico del Ejército con la misión de:

A)  Dirigir, coordinar, planificar y supervisar las actividades de los 
    servicios del Ejército.

B)  Recomendar la política de explotación y empleo de medios.

    El Poder Ejecutivo, a propuesta del Comando General del Ejército, 
    reglamentará las organizaciones de los servicios de acuerdo a las 
    necesidades del Ejército y los Reglamentos Técnicos que rigen la 
    materia".
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