Cométese al Ministerio de Relaciones Exteriores determinar los méritos
para el concurso de ingreso a los cursos de formación del Instituto
Artigas del Servicio Exterior establecido por el inciso segundo del
artículo 36 del Decreto-Ley Nº 14.206, de 6 de junio de 1974, en la
redacción dada por el artículo 295 de la Ley Nº 15.809, de 8 de abril de
1986, a fin de incluirlos oportunamente en el Estatuto del Funcionario
del Servicio Exterior. A tales efectos se deberá contemplar los títulos
universitarios emitidos por la Universidad de la República y
universidades privadas legalmente habilitadas, o por universidades
extranjeras, y debidamente revalidados, vinculados a las áreas de
Economía, Administración, Derecho, Ciencias Sociales y Relaciones
Internacionales.