CONSEJO DE MINISTROS
Establécese que la totalidad de los fondos que la Dirección Nacional de Sanidad de las Fuerzas Armadas recauda al amparo de lo dispuesto por el Decreto Nº 78/994, de 22 de febrero de 1994, y por el artículo 3º de la Ley Nº 16.720, de 13 de octubre de 1995, constituye fondos de terceros.Ayuda