MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
El control externo de eficiencia estará a cargo del Tribunal de
Cuentas, a cuyo efecto y sin perjuicio de las medidas que el mismo
adopte, las contadurías y unidades ejecutoras deberán remitirle copia de
la información a que refiere el artículo anterior.
TITULO IV
DE LA RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE
EJECUCION PRESUPUESTAL
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