ADOPCION DE MEDIDAS SANITARIAS SOCIALES Y LABORALES PARA LOS ENFERMOS DE DIABETES




Fecha de Publicación: 15/10/1971
Página: 107-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE SALUD PUBLICA

Artículo 6

   El Ministerio de Salud Pública dotará a la Comisión Honoraria Asesora
de Diabetes del Ministerio de Salud Pública, de los elementos necesarios
para la detección de la diabetes en todo el país y para el estudio de su
prevalencia por medio de encuestas o censos.

                      Disposiciones Sociales y Laborales
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