Ley 14.032
Se dictan normas estructurando medidas sanitarias sociales y laborales
con respecto a los enfermos de diabetes.
Poder Legislativo.
El Senado y la Cámara de Senadores representantes de la República
Oriental del Uruguay, reunidos en Asamblea General,
DECRETAN:
Artículo 1
En función de la incidencia de la diabetes sobre la población y su
repercusión sanitaria, económica y social, se determinan las siguientes
medidas destinadas a contemplar la situación de las personas que padezcan
esta afección.
Medidas Sanitarias