Fecha de Publicación: 10/11/1969
Página: 373-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 45

   Fíjanse los impuestos de monto fijo establecidos en el artículo 143 de 
la ley N° 13.637, de 21 de diciembre de 1967, aumentados por el decreto 
N° 740, de 10 de diciembre de 1968, conforme a lo dispuesto por el artículo 125 de la ley N° 13.695, de 24 de octubre de 1968, en las siguientes cantidades:

1°) Apartado A) - $ 1.00 (un peso);
2°) Apartado B) - $ 3.00 (tres pesos);
3°) Apartado C) - $ 20.00 (veinte pesos).

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