Fecha de Publicación: 10/11/1969
Página: 373-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Artículo 30

   Fíjase en $ 150.00 (ciento cincuenta pesos) el impuesto fijo a que se 
refiere cada uno de los numerales de los artículos 204 y 205 de la ley 
número 12.804, de 30 de noviembre de 1960 y modificativas.

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