MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Todos los bosques y terrenos forestales definidos en los artículos 4o. y 5o. que sean propiedad del Estado a la fecha de promulgación de la presente ley y los que se adquieran en el futuro, integran el Patrimonio Forestal del Estado, quedando bajo la tuición del Ministerio de Ganadería y Agricultura.Ayuda