Fecha de Publicación: 17/11/1961
Página: 359-A
Carilla: 3

MINISTERIO DE GANADERIA Y AGRICULTURA

Fe de erratas publicada/s: 23/11/1961.

Artículo 14

   Las autoridades sanitarias de la Lucha Contra la Aftosa podrán
proponer al Ministerio de Ganadería y Agricultura la designación de
comisiones regionales integradas por personas radicadas en la zona y de
reconocida vinculación con la misma, a efectos de colaborar en el
cumplimiento de los cometidos previstos por la ley.
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