Fecha de Publicación: 05/01/1961
Página: 38-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y TRABAJO

Fe de erratas publicada/s: 12/01/1961.

Artículo 40

   Los empleados de la actual Comisión Honoraria Tripartita, designados
de acuerdo a lo establecido por la ley N.o 12.571, de 23 de octubre de 1958, serán incorporados al organismo creado por la presente ley.
Ayuda