MINISTERIO DE HACIENDA
Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.
(Regeneración e hidratación de alcoholes desnaturalizados. Sanciones). La regeneración del alcohol desnaturalizado, su hidratación o el empleo en distintos usos que los autorizados, será penado con multa de diez pesos ($ 10.00) por litro o fracción.Ayuda