Fecha de Publicación: 16/12/1960
Página: 565-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 24/01/1961, 21/12/1960.

Artículo 245

   (Derechos de información). Por la información proveniente del Registro 
de Testamentos y el de divorcios por la sola voluntad de la mujer, se 
devengará un derecho uniforme de $ 5.00 (cinco pesos) que se repondrá en el expediente respectivo, incluyéndosele en la planilla de tributos.
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