Comprobada la infestación de garrapata en los establecimientos
rurales, se procederá de inmediato a su aislamiento. Las extracciones de
hacienda (bovinos, ovinos y equinos) de establecimientos aislados deberán
ser autorizadas por la Inspección Veterinaria, previa comprobación de que
están limpias y de haber recibido un baño precaucional.