En el número 14.866 (17 de julio) se publicó la ley que declara plaga nacional a la garrapata, en cuyo texto se deslizaron algunos errores, imputables al taller impresor.
En el artículo 30, donde dice "Artículo 20. En los casos en que se degenera la inscripción...", debe decir: "Artículo 20. En los casos en que se denegara la inscripción..."
En el artículo 38 (al final), donde dice: "Los recursos establecidos en los artículos de la presente ley", debe decir: "Los recursos establecidos en los artículos anteriores de la presente ley".
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En el número 14.867 (19 de julio) se insertó un decreto del Gobierno Departamental de Canelones por el que se crean los Registros de Profesionales y Constructores, en el que apareció un error en el artículo primero.
Donde dice: "...en los mismos no ha dado cumplimiento...",debe decir: "...en los mismos no haya dado cumplimiento..."
Quedan hechas las salvedades.