Fecha de Publicación: 17/02/1956
Página: 298-A
Carilla: 1

MINISTERIO DE HACIENDA

Fe de erratas publicada/s: 29/02/1956.

Artículo 14

   Duplícase el monto anual de las cuotas a abonarse por concepto de
licencias para expendio de bebidas alcohólicas.
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