PRESUPUESTO GENERAL DE SUELDOS. EJERCICIO 1984




Promulgación: 23/12/1983
Publicación: 30/12/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 1283
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - NORMAS TRIBUTARIAS Y SANCIONES

Artículo 89

   Autorízase a la Dirección Nacional de Correos a la aplicación de multas
por infracción en los casos de evasión de pagos de las tarifas postales o
de su uso indebido de la franquicia postal. El monto de las multas por
cada pieza en infracción será el equivalente a veinte portes de la Tasa
correspondiente al primer escalón de peso para las cartas en el régimen
nacional, además del franqueo respectivo, y se aplicará en los siguientes
casos:

   1)  Por la introducción de correspondencia epistolar en envíos que no
       sean cartas.
   2)  Por el transporte de correspondencia por particulares, cuando la
       misma no lleva el franqueo correspondiente.
   3)  Por la utilización para fines particulares de la franquicia postal
      concedida por las leyes vigentes.
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