REGULACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO AL CONSUMO




Promulgación: 18/12/1975
Publicación: 24/12/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1763
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.416 de 28/08/1975 artículos 373, 
374, 375, 376 y 377.

CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 10

Exportaciones.- En caso de exportar bienes gravados, los contribuyentes
dejarán constancia de la operación de declaración jurada del mes en que se
hubiera realizado, detallando los bienes exportados.

 A los efectos del impuesto que se reglamenta, se consideran exportaciones
los aprovisionamientos de naves.
Ayuda