FARMACIAS. ACTIVIDADES FARMACEUTICAS. ANEXO. DECRETO REGLAMENTARIO PARA FARMACIAS HOMEOPATICAS




Promulgación: 26/01/1988
Publicación: 21/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 45
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.703 de 11/01/1985 artículo 9.

Artículo 4

  Las Farmacias Homeopáticas deberán ocupar una superficie no menor de 27
m² con una tolerancia de hasta menos de 2m².

  Deberán tener instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración
y venta de sus productos, así como también los elementos de trabajo
necesarios para el buen funcionamiento del Establecimiento. (*)

(*)Notas:
Incisos 3º) y 4º) derogado/s por: Decreto Nº 241/000 de 21/08/2000 
artículo 18.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 94/988 de 26/01/1988 artículo 4.
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