Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Proyecto de nuevas Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, elevado en acuerdo con la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, cuyo incremento se sitúa en un 16%.
Considerando: que es procedente aprobar las Tasas y Tarifas propuestas.
Atento: a lo dispuesto en el artículo 12 del decreto ley 14.235 del 25 de julio de 1974, por la cual se creó la Administración Nacional de Telecomunicaciones y a lo informado por la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa Nacional,
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las siguientes Tasas y Tarifas de los servicios que presta la Administración Nacional de Telecomunicaciones, que tendrán vigencia a partir del 1º de julio de 1987, con excepción de las Tasas y Tarifas de larga distancia y servicios telegráficos que regirán a partir de la hora
0 del día 15 de julio de 1987. (*)