FUNCIONARIOS PUBLICOS - INCENTIVOS POR RETIRO




Promulgación: 12/01/1993
Publicación: 20/01/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 19

Artículo 8

   Todo órgano u organismo que otorgue el incentivo, deberá comunicar
mensualmente a dicho Registro las renuncias aceptadas en el mes inmediato
anterior.
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