GASTO PUBLICO. LIMITACION A PARTIDAS PRESUPUESTALES. ENERO 2004




Promulgación: 10/03/2004
Publicación: 16/03/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 500

Artículo 2

 La distribución de los topes entre los diferentes proyectos de cada 
Inciso y sus eventuales modificaciones, será aprobada por el respectivo 
jerarca, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y 
Presupuesto. A tales efectos, antes del 31 de marzo de 2004, deberá 
presentarse ante esa Oficina el respectivo proyecto de distribución.-
En los Incisos 10 y 24, la distribución del tope asignado, no deberá 
implicar la reducción de las partidas de inversiones destinadas a las 
Intendencias del Interior.-
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