Visto: la gestión del Comando General de la Armada solicitanto la
aprobación del Proyecto de Reglamento de Organización y Funcionamiento de
la Escuela Naval sustitutivo del decreto 69/982 de fecha 2 de marzo de
1982 y modificativos.
Considerando: I) Que el mencionado Proyecto contempla las disposiciones
del ante Proyecto de Ley sobre equivalencia de los estudios con los de
Enseñanza Secundaria así como pautas generales sobre la carrera y
formación profesional de los Oficiales de la Armada, en la etapa escolar
básica;
II) Que entre los objetivos a los cuales atiende la referida formación
profesional se encuentra el posibilitar el ingreso al Instituto con un
nivel y edad promedio que permita tener una buena formación básica y a su
vez poder consolidar el carácter del Oficial dentro del ámbito Naval
Militar;
III) Que la programación está orientada, en forma general, a reforzar
los conocimientos obtenidos en la Enseñanza Media en asignaturas básicas y
en particular a brindar la adecuada formación general naval, científica y
humanística requerida por el Oficial para el ejercicio del mando durante
su carrera;
IV) Que se tiende a lograr una selección, en razón de fuerte exigencia
académica y de aptitud profesional, especialmente durante los primeros
años de estudios;
V) Que el presente Reglamento contiene además actualizaciones
correspondientes a reglamentaciones en vigencia y disposiciones relativas
al Sistema Educativo Nacional derivados de la Comisión Coordinadora de la
Enseñanza.
Atento: a los fundamentos expuestos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 863/988 de 20/12/1988 artículo 1.