Decreto N° 839/976
SUBVENCION A LOS PRODUCTORES DE TRIGO
Promulgación: 28/12/1976
Publicación: 05/01/1977
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1976
- Página: 1589
DE LAS DISPOSICIONES
Artículo 30
El déficit que pudiere originarse en la presente operación será cargado a
los fondos del Tesoro Nacional.
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