SUBVENCION A LOS PRODUCTORES DE TRIGO




Promulgación: 28/12/1976
Publicación: 05/01/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1589
Referencias a toda la norma

DE LAS BONIFICACIONES Y DEDUCCIONES

Artículo 12

Bajo ningún concepto se podrán recibir partidas de trigo que presenten
insectos vivos considerados plagas. Los gastos que se originen por la
desinsectación correspondiente serán por cuenta del vendedor.
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