APROBACION DE REGLAMENTACION SOBRE REGULACION DE LA INFORMACION REGISTRAL




Promulgación: 04/11/1975
Publicación: 24/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1253
Reglamentario/a de: Ley Nº 10.793 de 25/09/1946 artículos 53, 54, 55, 56, 
76 y 83.

Artículo 2

Errores de texto.- Los errores de texto, enmendados, entrelíneas, testados
y demás correcciones que deban hacerse, se salvarán en forma, bajo la
firma del solicitante.

 En su defecto, el certificado expedido carecerá de validez con relación a
las correcciones no salvadas en forma. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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