APROBACION DE REGLAMENTACION SOBRE REGULACION DE LA INFORMACION REGISTRAL




Promulgación: 04/11/1975
Publicación: 24/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1253
Reglamentario/a de: Ley Nº 10.793 de 25/09/1946 artículos 53, 54, 55, 56, 
76 y 83.

Artículo 11

Ampliación del certificado.- Cuando se solicite ampliación de información
se indicará a continuación del certificado, la nueva fecha, hasta la cual
se quiere que se extienda la información. El pedido será firmado por el
solicitante o su gestor. Por cada solicitud de ampliación debe adherirse
un timbre "Fondo de Mejoramiento Registral". La ampliación puede
extenderse a fechas del año inmediato siguiente al de la solicitud, sin
perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17º.
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