SANIDAD VEGETAL




Promulgación: 23/12/1985
Publicación: 18/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1353
    Visto: la comprobación de la presencia en el país de un himenoptero
plaga perteneciente a la especie Sirex noctilio.

    Resultando: el referido himenoptero de la especie Sirex noctilio ha
ocacionado daños a la producción nacional de algunas especies de pinos.

    Considerendo: I) Bajo determinadas condiciones de manajo y explotación
del problema comprobando puede alcanzar niveles de daño económico, no
solo para el productor individual sino para la economía forestal en su
conjunto.

 II) Conforme a la lista de Plagas Cuarentenarias para el área sur se
trata de una plaga de carácter cuarentenario.

 III) La conveniencia de proceder de acuerdo a lo consejado en el informe
producido por el experto de FAO doctor Michel W. Dix.

    Atento: a lo dispuesto en la Ley de Defensa Agrícola Nº 3.921, de 28
de octubre de 1911 y en la Ley Forestal Nº 13.723, de 16 de diciembre de
1968, y con la opinión favorable de la Dirección General de Servicios
Agronómicos y Dirección de Asesoramiento Legal del Ministerio de
Agricultura y Pesca.

                       El Presidente de la República

                             DECRETA

Artículo 1

    Inclúyese entre las "plagas agrícolas" la especie Sirex noctilio
(Insecta: Hymenóptera: Siricidae).

SANGUINETTI - ROBERTO VAZQUEZ PLATERO
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