(DESIGNACION, PLAZO, ETC.).- Los representantes del sector público,
serán designados por las respectivas autoridades jerárquicas de los
organismos, al igual que los representantes del sector académico,
mientras que las entidades gremiales representativas del sector privado
serán invitadas a proponer personas para integrar los Comités de
Selección, cuya designación efectuará el Ministro de Educación y
Cultura.
La comisión Consejo Nacional de Innovación Ciencia y Tecnología
homologará la integración de los respectivos Comités de Selección, dentro
del plazo de cuarenta y cinco días a contar a partir de la recepción de
la nómina de sus integrantes y sus antecedentes, que remitirá la
Dirección Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. En caso de no
existir un pronunciamiento al vencimiento del plazo indicado, se
considerará homologada la integración del Comité de Selección
presentada.
El Ministro de Educación y Cultura podrá remover a los integrantes de los
Comités de Selección a propuesta de la comisión Consejo Nacional de
Innovación, Ciencia y Tecnología, resuelta por mayoría simple de
integrantes.