REGLAMENTACION DEL ARTICULO 46 DE LA LEY Nº 18.362




Promulgación: 29/12/2008
Publicación: 28/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3335
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 136.

Artículo 12

 Dicho certificado, expedido a solicitud del interesado, deberá contener,
entre otras, la siguiente información:
a) nombre de la empresa
b) descripción del bien
c) cumplimiento del carácter nacional del bien
d) porcentaje de integración nacional
e) Nº de contratación
f) Organismo contratante

Las Cámaras dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles después de
efectuada la solicitud, para expedir o denegar el certificado, según
corresponda.
El costo del certificado será de cargo del solicitante del mismo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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