REGLAMENTACION DE LA TASA DE CONTROL DEL MARCO REGULATORIO DE COMUNICACIONES. TRIBUTOS




Promulgación: 05/03/2007
Publicación: 12/03/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 373
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.820 de 07/09/2004 artículo 2.

Artículo 2

   Hecho generador. El tributo que se reglamenta se devenga por la 
actividad de control de las actividades reguladas a que refiere la citada 
Ley Nº 17.296, derivadas de la prestación de servicios comerciales de 
comunicaciones, las que comprenden a las telecomunicaciones y a las 
actividades referidas a la admisión, procesamiento, transporte y 
distribución de correspondencia realizada por operadores postales.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.
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