CREACION Y REGULACION DEL SERVICIO DE EMPLEO PARA LA ACTIVIDAD MARITIMA DE LA PESCA




Promulgación: 24/12/1987
Publicación: 13/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1987
  •    Página: 1210

Artículo 3

   Los capitanes o patrones, en acuerdo con los armadores, y los jefes de
máquina, en acuerdo con los capitanes o patrones, quedan obligados a
solicitar los trabajadores necesarios para tripular sus buques, en las
condiciones y formas que se establecen en el presente decreto, teniendo la
facultad de escoger libremente su tripulación de los registros
respectivos.
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