REGULACOIN DE LA PERCEPCION DEL TRIBUTO QUE DEBEN ABONAR LAS FIRMAS PRODUCTORES E IMPORTADORES DE VACUNA ANTIAFTOSA




Promulgación: 05/02/1976
Publicación: 16/02/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 301
Reglamentario/a de:
      Decreto Ley Nº 14.416 de 28/08/1975 artículos 194 y 196,
      Decreto Ley Nº 14.189 de 30/04/1974 artículo 568.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   El no cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5º y 6º del
presente decreto, motivará la suspensión inmediata de entrega de sellos de
certificación a la firma morosa generando a partir de las 48 horas de su
vencimiento un interés mensual de 4% (cuatro por ciento) sobre el monto de
la deuda vencida, y hasta el momento de su cancelación, conforme a las
normas legales en vigencia.
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